A- de 2015
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante James Fernandez Cardozo·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Presupuestos materiales de procedencia
- Legitimación activa
- Término de tres días siguientes a la notificación del fallo
- Requisitos formales de procedencia
- Rechazar solicitud de nulidad de sentencia T-490/13 por improcedente
- Carga argumentativa de quien la invoca
- Procedencia excepcional por notoria y flagrante vulneración del debido proceso
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de nulidad de la sentencia T-490/13.
Sostuvo el memorialista que la decisión que se adoptó en la sentencia de la referencia, fue el resultado de los vínculos de amistad existentes entre el magistrado ponente, Gabriel Eduardo Mendoza Martelo y el Doctor Edgardo Maya Villazón, quien se desempeñó como Procurador General de la Nación durante el período comprendido entre los años 2005 y 2009.
La Sala Plena decide RECHAZAR por improcedente el incidente de nulidad, debido a la extemporaneidad de la solicitud.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. RECHAZAR por improcedente la solicitud de nulidad de la sentencia T-490 de 2013, presentada por James Fernández Cardozo, apoderado judicial del demandante, Jesús Alberto Ramos Garbiras.
- Segundo. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.